diff --git a/es.telecomlobby.com/esclavitud_moderna/asociaciones_organismos.md b/es.telecomlobby.com/esclavitud_moderna/asociaciones_organismos.md index 4b096eeb..408dd71c 100644 --- a/es.telecomlobby.com/esclavitud_moderna/asociaciones_organismos.md +++ b/es.telecomlobby.com/esclavitud_moderna/asociaciones_organismos.md @@ -113,7 +113,18 @@ Todo informe será examinado por el Comité, el cual podrá hacer los comentario **Articulo 22**: todo Estado parte en la presente Convención podrá declarar que reconoce la competencia del Comité para recibir y **examinar las comunicaciones enviadas por personas sometidas a su jurisdicción que aleguen ser víctimas de una violación** de un Estado de las disposiciones de la Convención: -- +- se considerará inadmisible toda comunicación recibido de conformidad con el presente artículo que sea anónima. +- el Comité examinará las comunicaciones recibidas de conformidad con el presente artículo, a la luz de toda la información puesta a su disposición por la persona de que se trate, o en su nombre, y por el Estado interesado. +- no examinará ninguna comunicación de una persona a menos que: + - la misma cuestión no ha sido, ni está siendo, examinada según otro procedimiento de investigación o solución internacional. + - la persona ha agotado todos los recursos de la jurisdicción interna de que se pueda disponer; **no se aplicará esta regla cuando la tramitación de los mencionados recursos se prolongue injustificadamente** o sea probable que mejore realmente la situación de la persona que sea víctima de la violación de la presente Convención. +- el Comité comunicará su parecer al Estado interesado y a la persona de que se trate + +**Articulo 23**: los miembros del Comité y los miembros de las comisiones especiales de conciliación designados tendrán derecho a las facilidades, privilegios e inmunidades que se conceden a los expertos que desempeñan misiones para las Naciones Unidas. + +**Articulo 24**: el Comité presentará un informe anual sobre sus actividades en virtud de la presente Conveción. + +#### Parte III ### External links