Update derecho_internacional_torturas.md

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Riccardo Giuntoli 2020-11-04 08:31:29 +01:00
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@ -924,6 +924,16 @@ No puede haber justificación terapéutica para el uso de la reclusión en régi
La **terapia electroconvulsiva** [[236]](https://es.wikipedia.org/wiki/Terapia_electroconvulsiva) es suministrada a las victimas de la red de neuroestimuladores inalámbricos para conseguir exactamente el revés que se indica en el articulo de wikipedia. Para ingresar personas en psiquiátricos donde después a través de la corrupción vienen privadas de sus derechos fundamentales creado un ambiente de tortura y crímenes contra la humanidad. Los mandantes pertenecen a alta nobleza y Iglesia Católica en mi caso y son protegidos de una banda de actores no estatales reclutados donde el enlace, o sea la única persona totalmente culpable, es la persona de mayor edad, el jefe.
Naciones Unidas ha establecido que el tratamiento involuntario y otras intervenciones psiquiátricas en centros de atención de la salud son formas de tortura y malos tratos. Intervenciones médicas forzosas, que suelen justificarse erróneamente alegando teorías de incapacidad y de necesidad terpéutica pueden llegar a gozar de un amplio apoyo público al realizarse en aras del presunto **interés superior** de la persona afectada. Millones de personas con discapacidad son despojadas de su capacidad juŕidica de incapacidad o sencillamente por una decisión facultativa, según la cual la persona carece de capacidad para tomar decisiones. Se asigna a estas personas un **tutor** [[237]](https://es.wikipedia.org/wiki/Tutor) cuyo consentimiento será considerado suficiente para justificar un tratamiento forzoso. Los criterios que determinan los motivos para administrar un tratamiento sin que haya consentimiento libre e informado deben aclararse en la ley.
En muchos países en que existen en la pŕactica leyes y políticas sobre salud mental, estas se centran en confianr a las personas con discapacidad mental en instituciones psiquiátricas per no protegen eficazmente sus derechos humanos.
El marco legislativo internacional ha sido muy explicito en su llamamiento a favor de prohibir las privación de liberta en razón de la discapacidad, es decir, el internamiento forzoso de carácter no penal, el ingreso forzoso en una institución o la privacidad de la libertad por motivos de discapacidad. Se prohíbe por discriminatoria la privación de la libertad basada en la existencia de una forma de discapacidad, en particular mental o intelectual, la existencia de un discapacidad no tiene que justificar en ningún caso una privación de la libertad. En los todos casos en que los motivos de la atención, el tratamiento y la seguridad pública estén vinculados en la legislación a una enfermedad mental aparente diagnosticado hay que aplicar prohibición. Esta privación de libertad es injustificada si se basa en la discriminación o en los prejuicios contra las personas con discapacidad. Los trastornos mentales deben revestir cierta gravedad para justificar la privación de libertad.
En la red de monitorio neuronal dichos trastornos son concordados a través mensajería subliminal utilizada por profesionales corruptos de hospitales de higiene mental mandados en estructura de estafas piramidales, y obviamente corruptos a través de dinero.
### External links
1. http://es.telecomlobby.com/barcelona_carcelona/maquina_catalana.htm
@ -1398,6 +1408,8 @@ La **terapia electroconvulsiva** [[236]](https://es.wikipedia.org/wiki/Terapia_e
236. https://es.wikipedia.org/wiki/Terapia_electroconvulsiva
237. https://es.wikipedia.org/wiki/Tutor