diff --git a/es.telecomlobby.com/esclavitud_moderna/derecho_internacional_torturas.md b/es.telecomlobby.com/esclavitud_moderna/derecho_internacional_torturas.md index 924f5503..377be1e5 100644 --- a/es.telecomlobby.com/esclavitud_moderna/derecho_internacional_torturas.md +++ b/es.telecomlobby.com/esclavitud_moderna/derecho_internacional_torturas.md @@ -1144,6 +1144,8 @@ Se habla de armas capaces de hacer descargas eléctricas mediante control remoto Los Estados deben tomar medidas legislativas, administrativas, judiciales o de otra índole eficaces para impedir que los actos de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes se produzcan dentro de su jurisdicción. En el contexto actual, esto significa que los Estados deben regular el uso de la fuerza al margen de la detención y establecer otros mecanismos adecuados para asegurar que los agentes del Estado estén capacitados, equipados e instruidos a fin de prevenir la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes en las operaciones de aplicación de la ley. +Esta obligación es particularmente importante a la luz de la aparición y el despliegue constantes de nuevas tecnologías para su utilización en operaciones de aplicación de la ley, incluidos los sistemas menos letales, remotos y crecientemente autónomos. + ### External links 1. http://es.telecomlobby.com/barcelona_carcelona/maquina_catalana.htm