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@ -239,6 +239,22 @@ La **comisión** [[38]](https://www.ohchr.org/en/hrbodies/chr/pages/commissionon
*Relator Especial sobre la tortura*
Recibe peticiones de acción urgente que lleva a la atención de los gobiernos de manera de garantizar la protección de los derechos de un individuo acerca de su integridad física y mental. Mantiene reuniones con representantes de gobiernos que quieren encontrarlo y hace visitas de zonas afectadas por tortura sistemática.
*Fondo voluntario de Naciones Unidas por victimas de tortura*
1. promueve un enfoque centrado en las víctimas destinado a causar un cambio radical en el plano personal;
2. es consciente de que ofrecer resarcimiento y recursos efectivos a las víctimas de la tortura es una obligación de los Estados de acuerdo con Derecho Internacional, principalmente el artículo 14 de la Convención Contra la Tortura de las Naciones Unidas y la correspondiente Observación General Nº 3;
3. apoya proyectos llevados a cabo por actores de la sociedad civil y por otros canales de asistencia. Estos proyectos son destinados a ofrecer rehabilitación, reparación y empoderamiento, así como acceso a recursos, a las víctimas de la tortura y a sus familiares a través de asistencia directa. Dicha asistencia puede incluir asistencia psicológica, médica, jurídica, humanitaria, social, profesional u otras formas de apoyo a la subsistencia independiente;
4. es una herramienta para promover y plantear la rendición de cuentas como un elemento fundamental en el proceso de curación de las víctimas de la tortura;
5. tiene un mandato imparcial y universal;
6. en virtud del mandato recibido por la **resolución 36/151** [[39]](https://telecomlobby.com/RNMnetwork/documents/A_RES_36_151_S.pdf) de la Asamblea General, el Fondo tiene como objetivo dar "prioridad a la ayuda a las víctimas de violaciones por parte de Estados en que la situación de los derechos humanos haya sido objeto de resoluciones o decisiones aprobadas por la Asamblea, el Consejo Económico Y Social o la [antigua] Comisión de Derechos Humanos";
7. garantiza apoyo estratégico y limitado en el tiempo a los beneficiarios por medio de criterios competitivos, al mismo tiempo que responde a situaciones nuevas y de emergencia, dondequiera que se produzcan;
8. forma alianzas con iniciativas locales y con centros de rehabilitación reconocidos en el campo de la tortura;
9. asigna recursos para la evaluación de las actividades de los beneficiarios y su impacto en las víctimas;
10. aboga por lograr complementariedad y sinergias con programas de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (**ACNUDH** [[40]](https://www.ohchr.org/sp/Pages/Home.aspx)) y otros programas y mecanismos de las Naciones Unidas relacionados con la tortura para mejorar la respuesta colectiva a la situación de las víctimas;
11. permite la recopilación y difusión de conocimientos y mejores prácticas, con el fin de crear capacidades a nivel nacional.
### External links
1. https://es.wikipedia.org/wiki/Aristocracia
@ -317,6 +333,10 @@ La **comisión** [[38]](https://www.ohchr.org/en/hrbodies/chr/pages/commissionon
38. https://www.ohchr.org/en/hrbodies/chr/pages/commissiononhumanrights.aspx
39. https://telecomlobby.com/RNMnetwork/documents/A_RES_36_151_S.pdf
40. https://www.ohchr.org/sp/Pages/Home.aspx